1. El caso colombiano
En la denominada ley 19, se establecen las bases fundamentales para la modernización de la administración pública, entre cuyos objetivos destaca la institucionalización del servicio civil y la preparación técnica de funcionarios, siendo en 1962, cuando se constituye el Primer Estatuto de Servicio Civil y se crea el Departamento Administrativo del Servicio Civil. De manera similar a los casos citados con anterioridad, la implementación de esta Legislación, busca asegurar por un lado, la selección, producción y estabilidad de funcionarios públicos y por otro, tratar de erradicar los vicios de la administración en países en desarrollo, como el nepotismo, negligencia o favoritismo, por señalar tan solo algunos.
2. El caso uruguayo
En 1959, se crea la Oficina del Servicio civil, responsable de la capacitación del personal en función de las necesidades del país, así como de la implementación de la carrera administrativa y de la Organización de la Administración Estatal, hacia 1967, se constituye la Oficina Nacional de Servicio Civil, con las mismas funciones y dependencia del Poder Ejecutivo. Para 1976, se suprime la Oficina Nacional de Servicio Civil, sustituyéndose por oficinas sectoriales de servicio civil, y sus cometidos se distribuyen entre varios órganos gubernamentales, entre los que destacaba la Secretaría de Planeamiento, rectora del Servicio Civil. No obstante que en los países señalados, se cuenta con una base sólida que dá vida al servicio civil de carrera, es importante mencionar que en los países europeos, lo asentado en las legislaciones se lleva a la práctica, en tanto que en los países en vías de desarrollo, la instrumentación del servicio civil no ha pasado más allá de buenas intenciones, esto considerando, por ejemplo que en el inicio del os 80’S, tan solo el 2.4% del personal que laboraba en oficinas públicas en Colombia, formaba parte de la Carrera Administrativa.
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