Diputado saltapatrás
Por: VICENTE ORIA RAZO
Publicado el: 2006-04-27
La Ley del Servicio Profesional de Carrera representa un gran avance para impulsar el desarrollo de la administración pública en beneficio de la sociedad. Tiene como objetivos darle estabilidad y permanencia a los mejores servidores públicos y garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a los cargos administrativos gubernamentales.
El ingreso y permanencia en los llamados mandos medios administrativos tienen como base el mérito personal.
En el Artículo 5 de la Ley se establece que tomando como base el Catálogo correspondiente al Sistema del Servicio Profesional de Carrera comprende los siguientes rangos: director general; director de área; subdirector de área; jefe de departamento y enlace.
Los rangos anteriores comprenden los niveles de adjunto, homólogo o algún otro equivalente cualquiera que sea la denominación que se le de. Abarcan desde el nivel uno de la administración hasta el seis que es el de director general.
Con el sistema profesional de carrera se evita que como en el pasado la administración pública se integre con recomendados, con otros procedimientos ilegítimos o como reparto del botín político.
Un tema que no ha sido abordado por los investigadores sociales es el de cómo se han integrado hasta hoy, en los mandos medios, a los gobiernos en sus tres niveles: el federal, el estatal y municipal.
Para ocupar los cargos en el gobierno federal los altos mandos reciben listas de recomendados de jerarcas de la iglesia, de sectas secretas, de empresarios poderosos, de partidos políticos, de gobernadores, de representantes de universidades extranjeras o privadas, de políticos influyentes, de amigos y compadres y de todo tipo de personas con poder de recomendar.
También se hacen negociaciones con los perdedores electorales para darles algo y evitar conflictos.
Son miles las historias que se conocen de servidores públicos del gobierno federal que eran dados de baja de su empleo para acomodar a recomendados o incluso a hijos de papá que le compraban el “puesto” al hijo en alguna dependencia. Las bajas y el reclutamiento se han realizado en forma caprichosa y arbitraria en perjuicio de los servidores públicos.
La Ley del Servicio Profesional de Carrera es una aportación importante para hacer realidad un buen gobierno. La iniciativa para formularla fue presentada a la Cámara de Diputados por el priista Carlos Rojas y fue aprobada por unanimidad por los legisladores de todos los partidos.
Sin embargo el diputado Rafael Flores Mendoza 30 meses después de la publicación de la ley propone dar un salto para atrás.
Las elecciones presidenciales no se han realizado; pero el diputado saltapatrás Flores Mendoza, presume que el señor Andrés Manuel López será el próximo presidente de la republica y que de acuerdo con las limitaciones que se establecen en la ley, el botín político para repartir se ha reducido.
Dice que la administración entrante “únicamente podría nombrar a 19 Secretarios de Estado; 63 subsecretarios; 19 oficiales mayores; 77 titulares de órganos desconcentrados y algunos jefes de unidad.
Explica que el presidente electo básicamente podrá nombrar a 179 servidores públicos importantes.
Para aumentar el botín político el diputado saltapatrás propone un proyecto de decreto para que el presidente de la republica pueda nombrar también libremente a los directores generales, los delegados, representantes y titulares de oficinas en las entidades federativas, adjuntos, homólogos o cualquier otro equivalente.
Así se triplica el botín político para negociarlo, darle a los compadres, amigos y fieles seguidores o para venderlo.
Con esa iniciativa para reformar la Ley del Servicio Profesional de Carrera se pretende darle marcha atrás al avance que se ha logrado para integrar una administración moderna, eficiente y políticamente neutra.
Lo previsible es que no se camine como aquellos cangrejos a los que les cantaba Guillermo Prieto. No hay que retroceder. Lo conveniente es avanzar para que el Servicio Profesional de Carrera llegue a los gobiernos estatales y municipales como está previsto en la Ley Federal.